Los sentenciados por terrorismo serían excluidos de beneficios humanitarios.
Las congresistas Patricia Chirinos y Norma Charrow propusieron un proyecto de ley que busca el artículo 22 del código penal, que excluye a los sentenciados por terrorismo de los beneficios penintenciarios por razones humanitarias.
La iniciativa legislativa plantea que los sentenciados por terrorismo y que sean mayores a ochenta años queden excluidos de los beneficios peninteciarios otorgados por razones humanitarias.
Esta exclusión se fundamenta en el riesgo que podrían representar los condenados, dado que algunos líderes terroristas mantienen su influencia ideológica.
Este proyecto de ley argumenta las disposicones humanitarias del artículo 22 busca garantizar una protección de los derechos de la persona mayor, en este caso de los sentenciados por terrorismo, esto puede ser un riesgo para la seguridad pública. Además mantiene antecedentes de la legislación antiterrorista en el país, incluyendo normas implementadas como el Decreto Legislativo 25475 dejan un vacío legal en la práctica de esta.
«Los mayores de ochenta años, por razones humanitarias, afrontarán su condena conforme a los alcances del artículo 288 o del artículo 290 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957. Se exceptúan de este beneficio los sentenciados por el delito de terrorismo.» Establece el artículo 22.
De acuerdo con la narrativa de la propuesta, la modificación no generaría costos adicionales para el Estado, dado que no implica cambios estructurales en el sistema penitenciario. Además, señala que evitar que condenados por terrorismo accedan a beneficios podría optimizar la gestión de recursos del Estado y reducir riesgos de reorganización ideológica.
Este proyecto de ley se encuentra aún en revisión y si bien sería una propuesta que modificaría la legislación terrorista, ayudaría al Estado para recortar gastos. Por otro lado, en la realidad esta modificación podría resguardar al sistema penitenciario de posibles revoluciones ideológicas en las cárceles.
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